CÓDIGO DE ÉTICA
Código de Ética de la Universidad de Guadalajara
Capítulo I
Disposiciones generales
Artículo 1. El Código de Ética de la Universidad de Guadalajara establece los principios y valores que rigen a la institución, y que su comunidad universitaria está obligada a cumplir, para su mejor convivencia.
Artículo 2. La comunidad universitaria se compromete a respetar los principios y valores establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los tratados internacionales en materia de derechos humanos de los que México sea parte y en la demás legislación que resulte aplicable.
Artículo 3. El presente Código es de observancia general y obligatoria para todos los integrantes de la comunidad universitaria.
Capítulo II
Los principios y valores universitarios
Artículo 4. Toda persona integrante de la comunidad universitaria se regirá por los principios y valores siguientes:
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Democracia.
Escucha y participa, a través del diálogo, desde la libertad e igualdad en la toma de decisiones para el desarrollo y bienestar de la comunidad, respetando la diversidad de opinión y la crítica, para la construcción de consensos.
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Desarrollo sustentable.
Promueve la protección y conservación del medio ambiente, así como el uso eficiente de los recursos, a fin de que la satisfacción de las necesidades actuales no comprometa la satisfacción de las necesidades de las generaciones futuras.
Asume conscientemente la responsabilidad de los impactos sociales y ambientales que se generan.
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Diversidad.
Promueve la inclusión y el respeto a la diversidad social, ideológica, cultural, educativa, étnica, lingüística, de religión, de género, de pensamiento, sexual y funcional, entre otras.
Propicia los mecanismos y recursos idóneos para que toda persona sea respetada y reconocida en su diversidad y para que cuente con los medios necesarios para el desarrollo de sus capacidades en plenitud. Dispuesta a generar una convivencia democrática, en que todas las voces tengan cabida.
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Educación para la Paz.
Promueve las relaciones interpersonales armónicas, pacíficas e inclusivas basadas en el respeto.
Privilegia el diálogo, el establecimiento de acuerdos, la resolución pacífica del conflicto, la gobernanza y el respeto a las normas, buscando una convivencia óptima y un clima cultural de integridad.
Fomenta las capacidades, actitudes y valores necesarios para que se prevenga la violencia, se manejen situaciones difíciles e inciertas y se logren condiciones que conduzcan a la paz.
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Equidad.
Trabaja en el cierre de brechas y rezagos. Atiende las necesidades específicas de cada persona, buscando equilibrar razonablemente las desventajas que aquejan a grupos vulnerables o desfavorecidos, con lo que se propicia para ellos condiciones de igualdad.
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Honestidad.
Se conduce con rectitud, congruencia e integridad. En sus ideas y conductas, es coherente y se compromete con la verdad, la transparencia y la honradez. Vive en un ambiente basado en la credibilidad y la confianza.
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Igualdad.
Profesa que todas las personas son iguales y merecen igualdad de trato y de oportunidades. Reconoce la diferencia para lograr la igualdad.
Evita en todo momento hacer distinción, exclusión o restricción, basada en el origen étnico o nacional, edad, discapacidad, condición social, económica o cultural, condiciones de salud, embarazo, lengua, religión o moral, ideología u opinión, sexo, identidad de género, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra, que atente contra la dignidad humana e impida o anule el reconocimiento o el ejercicio pleno de los derechos de cualquier persona.
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Justicia.
Respeta los derechos humanos y da a cada quien lo que por derecho le corresponde.
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Legalidad.
Respeta el orden jurídico, y sujeta sus actos a las leyes y al derecho.
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Libertad.
Piensa y se conduce de manera autónoma por convicción y responsablemente, para el bienestar de la comunidad; procura y fortalece las potencialidades de la persona, evitando las interferencias que inhiban su desarrollo.
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Respeto.
Trata digna y cordialmente a todas las personas. Acepta y entiende las diferentes formas de pensamiento y de actuación, aunque no coincidan con las propias.
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Responsabilidad.
Promueve el compromiso de las personas con la institución y con el entorno.
Actúa con esmero, oportunidad, calidad, pertinencia, exhaustividad y profesionalismo, y cumple los deberes que le corresponden, asumiendo las consecuencias de sus actos u omisiones.
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Solidaridad.
Promueve la cooperación en favor de los otros y de las causas comunes.
Capítulo III.
Disposiciones Complementarias
Artículo 5. Son autoridades en materia de Ética, Conducta y Prevención de Conflictos de Interés, las siguientes:
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El Consejo General Universitario;
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La Contraloría General, y
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Las demás que la normatividad universitaria reconozca.
Artículo 6. Los principios y valores contenidos en el presente Código, serán aplicables a los particulares con los que la Institución tiene relación, en todos los ámbitos de la vida universitaria.